En fecha 27 de abril de 2021, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-Ley 7/2021 por el que se transpone al ordenamiento jurídico español determinadas directivas de la Unión Europea que fortalecen la Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo (PBC y FT), refuerzan los mecanismos de solvencia y resolución de entidades de crédito y mejoran el funcionamiento del mercado interior.

Respecto a la materia de la PBC/FT, mediante este Real Decreto-Ley se transpone a la normativa española la Directiva 2018/843 (conocida como “Quinta Directiva”), que perfecciona los mecanismos de control y mejora la transparencia y disponibilidad de la información. Las principales novedades que incorpora la mencionada norma son las siguientes:

  • Nuevos sujetos obligados a la normativa de PBC/FT. Destacan particularmente los proveedores de servicios de monedas virtuales y los proveedores de servicios de custodia de monederos electrónicos o de salvaguardia de claves, así como los promotores inmobiliarios y quienes ejerzan profesionalmente actividades de agencia, comisión o intermediación en arrendamientos de bienes inmuebles que impliquen una transacción por una renta total igual o superior a 120.000 euros anuales o 10.000 euros mensuales.
  • Refuerzo del sistema de identificación de los titulares reales de las personas jurídicas: se dispone la creación de un Registro único de la titularidad real en el Ministerio de Justicia, que centralizará la información disponible en el Registro Mercantil y en el Consejo General del Notariado. Este nuevo sistema registral permitirá el intercambio de información con otros países de la Unión Europea y facilitará el acceso público a esta información.
  • Se establece el deber para los sujetos obligados de solicitar esta información registral en sus relaciones de negocios con personas jurídicas, y el deber para las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica de obtener, conservar y actualizar la información de su titularidad real y proveerla a autoridades y a sujetos obligados cuando así se requiera.
  • Se amplía las obligaciones de declaración en el Fichero de Titularidades Financieras a las cajas de seguridad y a todas las cuentas de pago.

Este Real Decreto-Ley entró en vigor el día 29 de abril de 2021 (un día después de su publicación en el BOE), con excepción de lo relativo al Registro de Titularidades Reales, que precisa de desarrollo reglamentario.

Fuente: Bonet Consulting

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