La disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, ha suspendido los plazos para la tramitación de procedimientos a las entidades del sector público. El plazo se restablecerá cuando pierda la vigencia del citado Real Decreto.

Por lo tanto, hasta el 29 de marzo, al menos, no se contará el tiempo en los expedientes administrativos en curso como pueden ser licencias de obras, solicitudes a las administraciones, concursos, licitaciones, recursos administrativos, etc.

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