En un informe del pasado 17 de noviembre, la Junta Consultiva de Contratación Pública de Cataluña (JCCPC) se pronuncia sobre la consideración como prestaciones de carácter intelectual de los servicios de arquitectura, ingeniería, urbanismo y consultoría y concluye que, según la legislación vigente, todos los servicios que ofrecen las empresas del sector deben considerarse de carácter intelectual.

La JCCPC elabora este informe a petición de Pimec para resolver las distintas posturas sobre la consideración de nuestros servicios como intelectuales. El hecho de tener esta consideración tiene algunas implicaciones para la contratación pública, como que el precio no pueda superar el 49% de los puntos en las pujas.

Desde ASINCA, en nuestra labor de defensa del sector, venimos reclamando a las administraciones públicas que no consideraban la ingeniería y la arquitectura como servicios intelectuales que lo hicieran. Ahora, este informe de la JCCPC nos da la razón y un argumento más para defender que el criterio prioritario para la adjudicación de contratos en el sector debe ser la calidad.

Este informe sigue la línea que ya estableció el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales en su resolución 1300/2021, de 29 de septiembre de 2021 y que puede consultar aquí.

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